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Sabaneta en el Mundo

¿Qué es?

Es una línea de créditos no condonables para los habitantes de Sabaneta que culminan su educación en las Instituciones Educativas públicas y privadas del Municipio, y que se destaquen por su excelente nivel académico.

Este crédito podrá ser solicitado para matrícula o manutención hasta un máximo de ocho (8) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes S.M.M.L.V por período académico, y el aspirante podrá aplicar para uno u otro o los dos conceptos.

Ambos conceptos (matrícula y manutención) aplican solo para estudiantes de primer semestre.

Conoce todo el Acuerdo aquí.

Requisitos:

a) RESIDENCIA. Tener residencia en el Municipio de Sabaneta durante al menos cinco (5) años ininterrumpidos, al momento de presentar la solicitud de crédito.

b) PUNTAJE DEL SISBÉN. Pertenecer a los niveles 1, 2 y 3 prioritariamente registrados en la base de datos del SISBÉN del Municipio, que deberá ser el de su domicilio habitual.

c) ESTUDIOS MÍNIMOS EN EL MUNICIPIO DE SABANETA. Ser estudiantes o egresados de Instituciones Educativas públicas o privadas del Municipio.

d) EXCELENTE NIVEL ACADÉMICO. Haberse destacado por su excelente nivel académico bajo los parámetros establecidos en el presente Acuerdo.

e) INSTITUCIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR. Estar admitido en un programa académico de formación superior en nivel pregrado universitario, técnica o tecnología profesional.

 

No podrán ser elegibles:

A) Quienes no cumplan con la totalidad de los requisitos establecidos.

B) Quienes posean título universitario, excepto si es de técnico o tecnólogo profesional y aspira a continuar estudios bajo la modalidad de ciclos propedéuticos u homologación de un mínimo de materias, según reglamento del Fondo.

C) Quienes reciban apoyo en la misma modalidad de crédito con recursos del Municipio.

D) Quienes adeuden sumas de dinero al Fondo o a cualquier otro programa de crédito con recursos del Municipio.

 

Convenios

      CEDALC (Corporación para la Educación y el Desarrollo de América Latina y El Caribe)

 

· Universidad Nacional de la Plata, Argentina (pública).

· Universidad de Quilmes, Argentina (pública).

· Universidad Nacional de Lanús, Argentina (pública).

· Universidad Católica de Córdoba, Argentina (privada).

· Universidad Anáhuac, Cancún –México (privada).

 

 

¿Cómo se renueva el crédito?

Para la renovación del beneficio el estudiante deberá demostrar haber obtenido un promedio general del periodo académico igual o superior a tres punto cinco (3,5) y cumplir con los requisitos establecidos en el Acuerdo 08.

 

 

Etapas de las convocatorias:

a) Solicitud: los aspirantes diligencian los formularios virtuales y anexan los documentos correspondientes que soporten la información suministrada. Del 22 de octubre al 18 de noviembre

b) Preselección: la preselección se hará siguiendo el orden de la lista con corte al número de cupos ofertados y la disponibilidad presupuestal. Del 26 de noviembre al 2 de diciembre.

c) Legalización: los preseleccionados deberán presentar físicamente todos los documentos que acrediten la información consignada en el formulario de inscripción. Los preseleccionados deberán firmar los documentos tanto personales como del codeudor solidario de manera presencial en la Secretaría de Educación y Cultura. Del 09 al 13 de diciembre.

d) Adjudicación: de acuerdo a la etapa de legalización, los preseleccionados que cumplan con los requisitos para la convocatoria serán notificados y efectivamente recibirán la adjudicación del crédito. 16 de diciembre

e) Desembolsos: el Fondo girará de la Subcuenta, los recursos por matrícula, según el valor establecido en la liquidación de la matrícula y en la conciliación realizada con la institución de Educación Superior, donde consta que efectivamente el preseleccionado ha sido admitido. Del 17 al 27 de diciembre.

Los recursos por concepto de sostenimiento se girarán al beneficiario una vez la Institución de Educación Superior certifique que se encuentra estudiando.

f) Renovación: al iniciar cada período académico el beneficiario deberá renovar el beneficio cumpliendo los requisitos establecidos en el presente Acuerdo y siguiendo los mecanismos señalados en el Decreto que lo reglamente.

IMPORTANTE:

· La sola recepción de los documentos no garantiza el otorgamiento o renovación del beneficio.

· En los procesos de renovación y legalización, el Administrador del Fondo realizará la verificación pertinente de los documentos entregados por el beneficiario.  

Mayor información:

· Secretaría de Educación y Cultura. Oficina de Cobertura Educativa. Teléfono: 440 66 70 Ext. 1522

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